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VENTAJAS FISCALES

¡Tu donativo a la Parroquia de SAN AGUSTÍN desgrava!

La Ley del Mecenazgo incorpora desgravaciones fiscales por los donativos a entidades benéficas.

Consulta en la siguiente tabla cómo funciona el régimen fiscal tanto para personas físicas como jurídicas:

DonativoDeducción
Personas físicas (IRPF)
Primeros 150€75%
Resto30%
Donaciones recurrentes (a la misma entidad en los dos años anteriores y el importe del donativo se mantiene o supera lo donado en años anteriores)35%
Límite deducción base liquidable10%
Deduccion
Personas jurídicas (IS)
Donaciones en general35%
Donaciones recurrentes (a la misma entidad en los dos años anteriores y el importe del donativo se mantiene o supera lo donado en años anteriores)40%
Límite deducción base liquidable10%

Por ejemplo, si donas* 20€ al mes durante 12 meses (un total de 240€ al año), tendrás un 75% de desgravación de tu donativo para los primeros 150€ y un 30% para los siguientes 90€.

* Personas físicas.

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